

Las empresas que venían operando a la fecha de publicación del reglamento de protección ambiental para el desarrollo de actividades de la industria manufacturera, y las que operen a la fecha de publicación de nuevas normas que contengan obligaciones ambientales, deben ajustarse a las nuevas disposiciones e iniciar un proceso de adecuación ambiental, si corresponde, en función de su propio desempeño ambiental.
Para ello, a requerimiento de la autoridad, una empresa deberá realizar el diagnóstico ambiental preliminar (DAP), a fin de evaluar el estado actual de sus operaciones y determinar si requiere o no llevar a cabo un proceso de adecuación ambiental, o en otras palabras, si debe presentar o no un PAMA. De esta manera, de acuerdo a los resultados del DAP, se le podrá requerir a una empresa la presentación del PAMA si está generando riesgos ambientales significativos.
De acuerdo con la resolución ministerial 288-2003-PRODUCE, las empresas industriales manufactureras de los subsectores cemento, cerveza y papel que se encuentren ejecutando un PAMA u otros estudios de adecuación ambiental similares, no se encuentran obligadas a presentar el DAP.
El DAP se basa en los resultados del programa de monitoreo realizado por la empresa y en otras fuentes de información disponibles. Debe incluir la identificación de los problemas y los efectos del deterioro ambiental y sus posibles alternativas de solución, priorizando la aplicación de medidas de prevención de la contaminación para reducir y/o eliminar la toxicidad volumen de las fuentes de emisión de contaminantes. El monitoreo se lleva a cabo de acuerdo a los plazos, la frecuencia y las condiciones establecidas en los protocolos de monitoreo y, específicamente para el caso de la empresa, por el sector.
El DAP se presenta ante la DAAI en 3 ejemplares debidamente suscritos por un consultor ambiental y por el titular de la actividad. PRODUCE cuenta con un plazo de 90 días desde que recibe el DAP para su revisión, otorgándosele al titular un plazo de 30 días para el levantamiento de las observaciones.
Contenido
- El sector minero
- El sector hidrocarburos
- El sector electricidad
-
El sector industrial
-
Normas de protección ambiental
- Base legal
- Objetivos del reglamento ambiental
- Obligaciones ambientales específicas
- Plan nacional ambiental del sector industrial manufacturero
- Estudio de impacto ambiental
- Declaración de impacto ambiental
- Diagnóstico ambiental preliminar
- Programa de adecuación y manejo ambiental
- Opinión favorable de la Autoridad Nacional del Agua
- Opinión del SERNANP
- Límites máximos permisibles para emisiones
- Informe ambiental
- Programa de monitoreo
- Actividades realizadas por las PYMES
- Prevención de la contaminación
- Plan de contingencia
- Participación ciudadana
- Registro de consultores ambientales
- Fiscalización ambiental
- Infracciones y sanciones
- Incentivos
- Denuncias
- Marco institucional
- Temas actuales en debate
-
Normas de protección ambiental
- El sector pesquero
- El sector transporte
- El sector turismo